Reclamación a la aseguradora por daños en tu vehículo
Si la aseguradora no te paga, te paga de menos o te da largas, nos ocupamos de reclamarlo: desde el primer escrito hasta la mediación y, si hace falta, la demanda. Con presupuesto cerrado por escrito y sin horas facturables.
- Estudio de tu siniestro y de la documentación.
- Reclamación formal a la aseguradora y control de los plazos legales.
- Análisis de la oferta que te hagan y negociación.
- Mediación u otro medio de solución de controversias, si hace falta.
- Si no hay acuerdo: demanda y juicio en primera instancia, con tu autorización.
Cómo reclamamos a la aseguradora
- Estudiamos tu caso. Revisamos el parte amistoso o el atestado, las fotos, el presupuesto o la factura de reparación y la póliza. Te decimos con claridad qué se puede reclamar y qué probabilidades hay.
- Enviamos la reclamación formal. Es un paso previo obligatorio antes de demandar. Con ella se interrumpe el plazo de prescripción de la acción contra la aseguradora, que es de un año.
- Vigilamos los plazos. Desde que recibe tu reclamación, la aseguradora tiene tres meses para presentar una oferta motivada o una respuesta motivada. Si no lo hace sin causa justificada, empiezan a correr intereses de demora.
- Analizamos su oferta. No aconsejamos aceptar nada sin revisar si el importe es razonable y si la oferta cumple lo que exige la ley. Una oferta válida no puede condicionarse a que renuncies a reclamar más.
- Negociamos y, si hace falta, mediamos. Buscamos un acuerdo con la aseguradora, por negociación directa o por mediación u otro medio de solución de controversias.
- Si no hay acuerdo, vamos a juicio. Te entregamos un informe de viabilidad y, con tu autorización por escrito, presentamos la demanda y te representamos en la primera instancia.
Plazos que conviene conocer
Un año
Es el plazo para reclamar directamente a la aseguradora del responsable. La reclamación previa lo interrumpe, y cuando te notifican su oferta o su respuesta empieza un nuevo año.
Tres meses
Es lo que tiene la aseguradora para contestar. Si no lo hace sin una causa justificada, se devengan intereses: el interés legal del dinero incrementado en un 50 %, que no baja del 20 % pasados dos años desde el siniestro.
Si la aseguradora te ha mandado ya una oferta o una carta rechazando el pago, no firmes nada ni la aceptes todavía. Envíanosla y la revisamos.
Qué necesitamos de ti
- Parte amistoso o atestado
- Fotografías de los daños y del lugar
- Datos del otro conductor, su vehículo y su aseguradora
- Permiso de circulación, ITV y seguro en vigor
- Presupuesto, factura o informe de la reparación
- Póliza y cualquier carta o correo de la aseguradora
Qué no incluye el presupuesto
Queremos que lo sepas desde el principio. Quedan fuera del presupuesto cerrado:
- Los honorarios del mediador, si interviene uno.
- Los informes periciales que hagan falta, como una valoración de los daños. Solo se encargan con presupuesto previo y con tu consentimiento.
- El procurador, las tasas judiciales y otros gastos del juicio, cuando sean obligatorios.
- Los recursos y la ejecución de la sentencia, que se pactarían por separado.
Si el daño es de poca cuantía, te lo decimos con sinceridad antes de contratar si compensa reclamar. Tampoco cobramos ningún porcentaje sobre lo que consigas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta?
Estudiamos tu caso y te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. Cubre desde la reclamación hasta el juicio en primera instancia, si no hay acuerdo. No hay horas facturables ni sorpresas dentro de lo pactado.
¿Tengo que reclamar yo primero a la aseguradora?
La ley exige una reclamación previa a la aseguradora antes de poder demandar. No hace falta que esté cuantificada. Nosotros la preparamos y la enviamos.
¿Cuánto tarda?
Depende de la aseguradora y del caso. La ley da a la aseguradora tres meses para ofertar o responder, y después puede haber negociación, mediación o juicio. Te informamos por escrito de cada paso.
¿Puedo reclamar a mi propia aseguradora?
Sí, si tu póliza cubre los daños propios. Los plazos y condiciones dependen de lo que firmaste, así que lo primero es revisar tu póliza.
¿Qué pasa si la aseguradora me ofrece menos de lo que vale la reparación?
No tienes que aceptar. La oferta no puede condicionarse a que renuncies a reclamar más, y podemos analizarla y contestarla con argumentos.
¿Y si necesito un perito?
Si hace falta, te lo explicamos y se contrata con presupuesto previo y con tu consentimiento. No está incluido en el precio.
¿Cobráis algo por lo que consiga?
No. El presupuesto es cerrado y no depende del resultado. Nadie puede garantizar un resultado, pero sí trabajar con rigor y con los plazos controlados.
Cuéntanos tu caso
Escríbenos con una foto del parte o de la carta de la aseguradora y te decimos si compensa reclamar. Atendemos en Puente de Vallecas (Madrid) y por videollamada.
Información de carácter general, sin valor de asesoramiento jurídico para un caso concreto ni creación de relación abogado-cliente. Normativa de referencia: Real Decreto Legislativo 8/2004 (responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor), art. 7, y Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, art. 20. Eficacia Jurídica · Av. del Monte Igueldo, 2, 28053 Madrid · Diego Cuellar del Pozo, abogado, ICAM n.º 69849.