Abogados de Divorcios en Madrid
La ruptura matrimonial es una de las decisiones más graves que una persona afronta en su vida. Exige serenidad, criterio jurídico y una defensa firme de los derechos de cada parte y, cuando los hay, de los hijos. En Eficacia Jurídica acompañamos a nuestros clientes en Madrid con rigor, discreción y absoluta confidencialidad, desde la primera consulta hasta la ejecución de la sentencia.
Cada familia es distinta y así es nuestro modo de trabajar. Estudiamos su situación personal y patrimonial, le explicamos con claridad las opciones de que dispone y trazamos la estrategia que mejor protege sus intereses: el acuerdo, siempre que sea posible, y una defensa determinada cuando no lo sea.
Nuestra intervención en los procesos de divorcio
- Divorcio de mutuo acuerdo: redacción y negociación del convenio regulador, ante el juzgado o ante notario cuando la ley lo permite.
- Divorcio contencioso: defensa de sus derechos cuando no hay acuerdo, con fundamento y firmeza.
- Guarda y custodia y régimen de visitas: protección del interés superior de los menores.
- Pensión de alimentos y pensión compensatoria: fijación, reclamación y modificación
- Uso de la vivienda familiar: atribución del domicilio conyugal y del ajuar.
- Liquidación del régimen económico matrimonial: reparto equitativo del patrimonio común.
- Modificación de medidas y ejecución de sentencias: adaptación a nuevas circunstancias y exigencia de cumplimiento.
Nuestro Enfoque
Atención Personalizada: Cada caso es único; ofrecemos un trato cercano y soluciones adaptadas.
Confidencialidad Absoluta: Garantizamos discreción en todos los procesos legales.
Defensa Comprometida: Luchamos con firmeza por los intereses de nuestros clientes.
Nuestro equipo
Contamos con abogados especialistas en Derecho de Familia, con amplia experiencia y formación continua para ofrecer un servicio de máxima calidad.
Preguntas frecuentes sobre divorcio en Madrid
¿Es necesario el acuerdo del otro cónyuge para divorciarse?
No. El divorcio puede solicitarlo uno solo de los cónyuges, ambos, o uno con el consentimiento del otro, sin necesidad de alegar causa alguna.
¿Cuánto tiempo debe haber transcurrido desde el matrimonio?
Con carácter general, tres meses desde su celebración, salvo que se acredite una situación de riesgo para el cónyuge solicitante o para los hijos.
¿Puede tramitarse el divorcio sin acudir al juzgado?
Sí. Cuando es de mutuo acuerdo y no hay hijos menores o con capacidad modificada, puede formalizarse ante notario o ante el letrado de la Administración de Justicia mediante convenio regulador.
¿Qué debe contener el convenio regulador?
El cuidado de los hijos y el régimen de visitas, el uso de la vivienda, la contribución a las cargas y los alimentos, la liquidación del régimen económico, en su caso la pensión compensatoria y el destino de los animales de compañía. El juez lo aprueba salvo que resulte dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges.
¿Pueden modificarse las medidas una vez fijadas?
Sí, cuando cambien de forma sustancial las circunstancias de los cónyuges o las necesidades de los hijos.
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