El despido del puesto de trabajo es una de las experiencias más frustrantes que puede vivir un trabajador, tanto por el aspecto económico, como por los daños psicológicos que suelen sobrevenir.
El despido es la decisión del empresario de poner fin a la relación laboral que tiene con el trabajador.
Según el tipo de situación el despido puede ser:
- Despido disciplinario
- Despido objetivo
- Despido colectivo
El despido disciplinario se produce por incumplimiento grave y culpable en el que incurre el trabajador. Según los estatutos de los trabajadores puede deberse a los siguientes supuestos:
- Indisciplina o desobediencia en el trabajo
- Falta repetidas e injustificadas al trabajo
- Abuso de confianza en el desempeño del trabajo
- Ofensas verbales al empresario o compañeros de trabajo
- Embriaguez habitual o toxicomanía en el trabajo
- Acoso por origen racial, étnico, edad, sexo, discapacidad
La lista de supuestos es muy larga, ya que cada sector tiene sus propios apartados a la hora de aplicar una sanción.
El despido disciplinario puede ser nulo, procedente e improcedente.
El despido improcedente se lleva a cabo por causas demostrables, a su vez, el improcedente viola los requisitos exigidos por la ley. El despido nulo es el resultado de la discriminación prohibida por la constitución: orientación sexual, religión o nacionalidad.
El despido objetivo se debe a la extinción del contrato laboral por causas económicas, de producción o técnicas organizativas.
También es conocido el despido colectivo (ERE), que no es más que el despido objetivo de un número de trabajadores dentro de la empresa.
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